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El consumidor, conducido
Citar: elDial.com - CC287D
Copyright 2024 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina
Texto Completo
El consumidor, conducido |
Por Flavio Ismael Lowenrosen |
En
estas épocas de masificación del consumo, de su extensión
a diversos bienes y servicios (algunos básicos por
cuestiones físicas para el ser humano, otros necesarios
por cuestiones sociales, y otros innecesarios pero
impuestos a través de la publicidad inductiva[1]
o del estereotipo[2])
el consumidor es objeto de un permanente “bombardeo”
publicitario en medios de comunicación gráfica (periódicos
y también callejeros, a través de afiches o de
folletos), radial, televisiva, y hasta mediante llamadas
telefónicas (muchas veces efectuadas en cualquier hora y
día[3]),
o envíos de cartas o de correos electrónicos, o
atriciones de “pops ups” en el Internet.- Debe
destacarse que toda esa “catarata” de publicidad
difusiva de la que es objeto el usuario, puede tener, en
muchas oportunidades distintos efectos, como ser entre
otros:
En
este contexto es fácil advertir que la difusión de
bienes y servicios a los potenciales usuarios, causa en
estos (depende la persona, o el tipo de producto o
servicio de que se trate, o la táctica publicitaria
empleada) impactos diversos, los cuales pueden tener
distintos efectos, tanto a nivel personal como económico,
como ser, entre ellos:
En
este contexto, es dable advertir que la publicidad de
bienes y servicios, que “bombardea” permanentemente a
las personas, colocándolas en muchas ocasiones como
sujetos de compra y no como personas, tiene un impacto
económico en los sujetos, que puede ser de efecto único,
o hasta prolongado en el tiempo.- Es
de efecto “único” en el tiempo el impacto de la
publicidad cuando el sujeto –como consecuencia de la
publicidad– adquiere bienes o servicios que cancela de
modo automático, directo, de una sola vez y los efectos
económicos, las obligaciones emergentes de la compra no
se continúan en el tiempo.- Por
el contrario, es de efecto continuado en el tiempo el
impacto de la publicidad cuando el sujeto como
consecuencia de la publicidad adquiere bienes o servicios
que cancela en cuotas, o que el genera la obligación de
pagos mensuales, sea por financiación o por el propio uso
de la cosa o del servicio. Por ejemplo, el pago de los
tiempos compartidos, del uso del celular, etc.- Esta
última cuestión es de trascendental importancia, ya que
la compra repercute en la vida personal, social y económica
del sujeto hacia el futuro, pues le impone una obligación
(la de pago) que para poder cumplirla, muchas veces lo
lleva a renunciar a otros placeres personales entre ellos
el de poder disponer de un tiempo que o tiene, ya que debe
trabajar mas para poder pagar consumo que muchas veces le
son “impuestos”, o al cual es conducido por el sistema
publicitario.- Lo
dicho en el párrafo anterior, creemos, se convierte en un
elemento que “esclaviza” al sujeto, que le saca muchas
veces libertad, pues sometido éste a la obligación de
cancelar mensualmente obligaciones, no puede elegir si
quiere cambiar de emprendimiento laboral, o trabajar menos
horas, o hasta tomarse un año sabático para estudiar o
viajar. Tampoco puede disponer de su vida sin estar
sometido a las muchas veces angustia que genera saber que
por un largo tiempo se está obligado a pagar mensualmente
una cuenta.- En
este contexto, observamos que desde la publicidad o la
inducción social, se puede conducir al sujeto adquirente
de bienes y/o servicios que generan obligaciones
continuas, a la pérdida significativa de su libertad, a
la mengua de su derecho a optar de modo absoluto lo que
hacer con su vida laboral y hasta personal.- Así
las cosas, creemos que es esencial articular mecanismos
que tiendan a educar a la persona, a informarla
debidamente (sólo puede entender la información que se
le brinda, si la persona está educada sobre sus derechos)
sobre las consecuencias de las obligaciones que asuma,
sobre el impacto de éstas en sus vidas, en sus
sentimientos, en sus tiempos y en su bolsillo.- Sólo
así, es decir si hay gente que tiene exhaustivo
conocimiento e información sobre sus derechos y sobre las
obligaciones que asume y de las consecuencias de ellas, se
podrá decir que elige adquirir un bien o servicio con
base a su plena voluntad, a su libre opción.- Entonces,
consideramos que el mejor antídoto contra la conducción
que las tácticas publicitarias puedan imponerle a los
usuarios, es la debida y acabada educación sobre sus
derechos y obligaciones de los sujetos, a lo que debe
sumarse una amplia información sobre las características,
alcances, efectos y consecuencias de la relación de
consumo que entabla.- [1] Induce a comprar un determinado bien o servicio, mediante la “creación” de necesidades sociales, o personales. [2]
Llamamos
así a esa publicidad que transmite un mensaje que
persigue consagrar un estereotipo de persona
(generalmente “exitosa”) para aquel que consume el
bien o servicio que difunde.
[3]
Recuerdo
que alguna vez me llamaron a las 5.10 horas de la mañana
de un día domingo, y no para comunicarme la muerte o
internación de un urgencia de un allegado o familiar,
sino para ofrecerme “gentilmente” un seguro de
vida. Sin dudas, esta táctica publicitaria implica
una conducta abusiva.
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